Pacientes y Visitantes

Derechos y Obligaciones del paciente

Usted, como toda persona que acude al Hospital Metropolitano de Quito en busca de atención a sus necesidades de salud, tiene derecho a:
  • Recibir de todos los integrantes del Hospital, un trato acorde con su dignidad como persona, o sea, cordial, cálido y respetuoso de su ser, de su identidad cultural, de sus creencias, de sus costumbres y de sus valores. El Hospital cataloga como falta grave, todo acto descortés o menosprecio o todo tipo de violencia o de coacción.
  • Conocer, comprender y ejercer, con plena libertad en términos de su voluntad en lo que respecta a su salud, los derechos que se consignan en esta declaración. Estos derechos puede ejercerlos por sí o por medio de una persona que le represente y que, en su nombre, tome las decisiones que considere apropiadas en lo relativo a su salud.
  • Suministrar en forma veraz y clara toda la información que le fuere solicitada para complementar los datos necesarios para establecer el diagnóstico y para formular el tratamiento que más convenga a su situación de salud.
  • Recibir asistencia con todos los recursos técnicos y humanos disponibles, adecuados para aliviar su padecimiento, y a no ser sometido a tratamientos que impliquen un aislamiento innecesario de su medio familiar, laboral o social.
  • Conocer el nombre del médico responsable de coordinar su cuidado, o los nombres y especialidades de todos los profesionales que le atienden.
  • Gozar de total privacidad, tanto en lo referente a su vida privada como en lo relativo al proceso de atención. Para el efecto, la valoración clínica, el examen físico, la discusión de su problema de salud, la ejecución del tratamiento, son actos confidenciales que el profesional que le atiende debe conducir discretamente. Además, tiene derecho a que se guarde absoluta reserva sobre toda información relativa a su vida privada, al diagnóstico, al tratamiento que se establezca o al resultado de las pruebas o de las intervenciones que se le practiquen. Por ello, tiene derecho a conocer la razón de la presencia de cualquier persona extraña, y a rechazar esa presencia si así le parece, y a autorizar o no, por escrito, que su expediente clínico se ponga en manos de personas que no estén directamente involucradas en la atención.
  • Recibir información veraz, clara, completa y oportuna, acerca de su enfermedad, del tratamiento que se piensa realizar y de los resultados de éste, así como sobre la evolución y el pronóstico de su problema de salud.
  • Recibir toda la información que considere necesaria para aceptar o rechazar la aplicación de cualquier tratamiento o procedimiento que se le proponga llevar a cabo. Salvo en emergencias, esa información incluirá la descripción del procedimiento o del tratamiento, los riesgos significativos desde el punto de vista clínico, las alternativas que se puede considerar, incluida la de no intervenir, los riesgos inherentes a cada alternativa y el nombre de las personas que llevarían a cabo el tratamiento.
  • Participar activamente en las decisiones concernientes a su atención, hasta el punto que lo permita la Ley; ello incluye el derecho a negarse a que le examinen y a someterse a prácticas médicas, así como rechazar un tratamiento para el cual no ha dado su consentimiento.
  • Elegir o cambiar libremente su médico, y a solicitar la opinión o la intervención de otro médico en cualquier momento.
  • Tener oportuna y razonable respuesta a sus solicitudes, y a que tengan en cuenta y se satisfagan sus expectativas.
  • Abandonar el Hospital, bajo su responsabilidad, expresada por escrito, aún en contra de la indicación médica.
  • Conocer si el tratamiento que se le propone forma parte de una investigación clínica que se esté llevando a cabo en el Hospital o es un tratamiento de carácter experimental, y a negarse a formar parte de ella o de él.
  • Además, tiene derecho a saber si la atención que se le brinda forma parte de un proceso de enseñanza en salud, y a negarse a tomar parte en el mismo.
  • En caso de enfermedad terminal, que, si usted o su representante así lo pidieren, en debida forma, no se efectúen procedimientos extraordinarios para prolongar su vida, y recibir en todo caso, toda la atención disponible para aliviar sus sufrimientos.
  • Recibir asistencia religiosa, moral o espiritual mientras dure la atención, o rechazarla.
  • Exigir agilidad y sencillez en los procedimientos administrativos que requiera su atención, y a examinar y a recibir las explicaciones del caso respecto de la cuenta de cobro que le presente el Hospital por los servicios que le prestó o por los honorarios de los profesionales que le atendieron, independiente de la fuente de pago.
  • Ejercer estos derechos sin discriminación ninguna por razones de raza, genero, orientación sexual, culturales, económicas, educativas, sociales, políticas, religiosas, o asociadas a las decisiones que tome ante la atención que se le brinda, o relacionadas con la fuente o con la forma de pago del valor de los servicios que se presten.

Dado que nuestro propósito es atenderle de la mejor manera y con los más elevados niveles de calidad, le agradeceremos acoger estas cordiales sugerencias.
  • Suministrar en forma veraz y clara toda la información que le fuere solicitada para complementar los datos necesarios para establecer el diagnóstico y para formular el tratamiento que más convenga a su situación de salud.
  • Cumplir las indicaciones que le facilite el médico tratante o el personal de enfermería o de otras disciplinas y evitar hechos que molesten a otros pacientes hospitalizados.
  • Cumplir las indicaciones relativas a la administración de los medicamentos, a las limitaciones en su actividad física, a la ingesta de alimentos, etc.
  • Mantener el respeto y consideración hacia el personal del Hospital y hacia otros pacientes y respetando las políticas del Hospital.
  • Pedir a sus familiares que acojan favorablemente las solicitudes respecto del horario de visitas (deseablemente de 11:30 a 19:45) o del número de personas que, simultáneamente, pueden acompañarlo en la habitación (preferentemente no más de dos personas), queda restringido el ingreso de visitas con niños menores de 12 años.
  • Firmar, directamente o a través de su representante, las autorizaciones y los consentimientos que se le soliciten para aplicar un tratamiento o realizar una prueba o una intervención (en caso de que no lo haga, entenderemos que ha ejercido su derecho a negarse y procederemos a no llevar a cabo el tratamiento, la prueba o la intervención propuesta), y firmar el documento de exoneración de responsabilidad, mediante el cual expresa su voluntad de dejar el Hospital.
  • Comunicar cualquier inquietud, requerimiento, molestia, falta o problema que se relacione con la atención que se le brindó o está brindando, a la Enfermera Jefe del Servicio (por receptor a la extensión 2700 o al # 2560 Supervisión General).